Television Digital Satélite
Qué es la Televisión Digital vía SatéliteLa Televisión Digital vía Satélite es el resultado de la aplicación de la tecnología digital a la señal de televisión, para luego transmitirla a una amplia zona geográfica por medio de satélites de comunicaciones, en contraste con la televisión terrestre, cuyas ondas no salen de la atmósfera, o la televisión por cable, basada en la transmisión a través de redes de fibra óptica y cable coaxial. La transmisión de Televisión Digital vía Satélite se divide en dos tramos claramente diferenciados:
![]() TDT Satélite
En este programa sólo podrán solicitar la concesión del uso privativo de receptores decodificadores de la señal de televisión digital terrestre vía satélite los ciudadanos cuyas residencias estén situadas en aquellas zonas en las que no sea posible el acceso normal por vía terrestre. El cese de emisiones analógicas está previsto en España en tres fases: - Fase 1: junio de 2009 En cada una de estas fases se han definido proyectos de transición (PT), consistentes en zonas donde finalizarán las emisiones analógicas. La cobertura de TDT una vez hayan finalizado las emisiones analógicas será: - TV Públicas: 98% + extensiones Para que un ciudadano pueda recibir los contenidos de la TDT a través de satélite se deben seguir los siguientes pasos:
Cobertura complementaria mediante satélite para recibir la TDTEl Real Decreto-ley 1/2009, de 23 de febrero, de medidas urgentes en materia de telecomunicaciones configura en el capítulo primero la plataforma satelital como la solución más adecuada para garantizar que la cobertura en cada Fase del Plan de Transición a la TDT es plenamente satisfactoria, esto es, que con independencia del lugar de residencia y de la viabilidad económica de la prestación del servicio, el ciudadano recibe la señal de TDT. De este modo, mediante sistemas de satélite, se realiza la extensión complementaria de la cobertura poblacional de los canales de Televisión Digital Terrestre de ámbito estatal, respecto de las zonas en las que residan ciudadanos que no vayan a tener cobertura de dichos canales de televisión una vez cumplidos los compromisos de alcanzar el 96% de la población por los operadores privados del servicio de Televisión Digital Terrestre de ámbito estatal y del 98% de la población por la Corporación de Radio y Televisión Española, así como realizadas las extensiones de cobertura, por las Administraciones Públicas, más allá de dichos porcentajes de población. Esta obligación de extensión complementaria de cobertura a través de sistemas por satélite, que se estima que alcanzará en el entorno del 1,5% de la población que se ubica en zonas dispersas y aisladas del territorio y cuya cobertura mediante emisores terrestres de televisión supone un coste desproporcionado, no modifica ni condiciona las obligaciones de cobertura poblacional establecidas a los operadores del servicio de Televisión Digital Terrestre de ámbito estatal. Así lo han entendido los principales países de nuestro entorno, promoviendo la puesta en funcionamiento de plataformas satelitales para proporcionar cobertura de la televisión a todos sus ciudadanos y facilitar el tránsito a la TDT. En este sentido se establece que todos los operadores de servicios TDT deberán poner sus canales a disposición de los prestadores de un mismo distribuidor de servicios por satélite o de un mismo operador de red de satélites. Esta obligación de servicio público deberá ser satisfecha de forma conjunta, esto es, acordando previamente entre sí los operadores las plataformas satelitales a las que ofrecerán sus contenidos, al ser el mejor medio para evitar un sobreesfuerzo a los propios operadores y, a su vez, que todos los ciudadanos puedan acceder en condiciones de igualdad a los distintos canales emitidos. Dicho acceso no requerirá la necesidad de suscripción al servicio por los usuarios ni la de alquiler de los equipos descodificadores. |